• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página
Estudio Arquitectura e Ingeniería en Granada
648 194 763 / 958 07 68 56
  • Estudio
  • Proyectos
  • Servicios
  • Blog
  • Contacto

AYUDAS PARA INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

5 enero 2018 Antonio Carvajal Deja un comentario

 

Este Programa tiene por objeto la concesión de ayudas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en espacios tanto de titularidad pública como privada.

Plazo de presentación de solicitudes: Abierto.

 

BENEFICIARIOS

Empresas Privadas, Entidades Locales, Comunidades Autónomas y otras entidades públicas dependientes de la Administración General del Estado.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Serán objeto de ayuda los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos, tanto en la modalidad de adquisición directa como de operaciones de financiación por renting o leasing.

A modo orientativo, se podrá, desplegar una infraestructura de recarga convencional, lenta, semirrápida, rápida y ultra rápida, para los siguientes usos:

– Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.)

– Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.

– Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes

– Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos y empresas.

– Uso público en red de carreteras.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se consideran como costes subvencionables la obra civil, el cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión (este último también subvencionable) donde se conecta el vehículo para su recarga.

No se considera subvencionable la instalación de contadores inteligentes, que habrán de ser facilitados por las compañías eléctricas a los consumidores (usuarios finales o gestores de recarga), generalmente bajo régimen de alquiler.

 

CUANTÍA Y ABONO DE LA AYUDA

Se estable una cuantía equivalente al 60 % de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido) en el caso de entidades públicas que no desarrollen ningún tipo de actividad comercial o mercantil y Pequeñas Empresas, y un 40 % de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido) para el resto de empresas.

 

Más información pulse aquí

Publicado en: Ayudas / Subvenciones

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Barra lateral principal

Secciones del Blog

  • Ayudas / Subvenciones
  • Blog

Últimas entradas

  • PARTICIPACIÓN EN EL I MEMORIAL ANDRÉS PÉREZ PRIETO CONTRA EL CÁNCER DE COLON 29 septiembre 2019
  • AYUDAS A LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS Y Vª 2018 5 enero 2018
  • AYUDAS PARA INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS 5 enero 2018
  • AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DEL TURISMO & INCENTIVOS REGIONALES 27 diciembre 2017
  • AYUDAS PARA PROYECTOS DE REHABILITACIÓN Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICIOS E INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES 27 diciembre 2017
Estudio Arquitectura e Ingeniería en Granada

Footer

Horario: 9h - 14:30h 17h a 20h
Calle Ancha de Gracia, 11 1º Oficina 1

18004 (Granada)
Teléfono: 648 19 47 63 / 958 07 68 56

Suscríbete para recibir noticias / ayudas

  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

  • Aviso Legal

© Copyright 2023 - Estudio Arquitectura e Ingeniería en Granada